La Corte frena el avance inmobiliario sobre la costa de Berazategui

Las obras en esos terrenos podrían provocar daños ambientales de difícil o imposible reparación.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires ordenó suspender las obras vinculadas a un ambicioso desarrollo inmobiliario en la costa de Berazategui, al advertir que las intervenciones sobre el terreno podrían provocar daños ambientales de difícil o incluso imposible reparación.

La medida alcanza al proyecto denominado “Distrito Eco Urbano Berazategui Norte”, impulsado en terrenos propiedad de Global Urbanization Group SA, donde se proyectaban comercios, hoteles, viviendas y edificios de hasta diez pisos.

El máximo tribunal bonaerense dispuso, de manera cautelar, suspender los efectos de la ordenanza 6.552/24, que había modificado la zonificación de esos terrenos para habilitar su urbanización. La decisión regirá mientras la Justicia analiza el fondo de la demanda que cuestiona la constitucionalidad de la norma.

La controversia se concentra en que las tierras involucradas habían sido catalogadas anteriormente como Zona de Reserva Ambiental o Reserva Ambiental Ribereña. El propio Código de Ordenamiento Urbano de Berazategui reconocía la importancia ambiental y paisajística de esos sectores y, en algunos casos, los excluía expresamente de los procesos de urbanización.

Con la ordenanza ahora cuestionada, el destino de esos terrenos cambió. La nueva zonificación permitía la instalación de comercios, oficinas, servicios y hoteles de hasta cinco plantas, además de viviendas particulares. En el área más próxima al Río de la Plata, incluso, se habilitaba la construcción de edificios de hasta diez pisos para uso residencial y comercial.

Denuncia de máquinas en la zona

El conflicto tomó mayor dimensión a partir de las denuncias de vecinos, que advirtieron la presencia de maquinaria pesada y trabajos sobre el terreno.

Según la documentación incorporada a la causa, las intervenciones incluían excavaciones, apertura de caminos y movimientos de suelo sobre una superficie cercana a las 150 hectáreas.

Las imágenes aéreas presentadas ante la Justicia mostraban actividad dentro de la zona y sectores que, de acuerdo con los denunciantes, coincidían con áreas previstas para futuras calles y lagunas del emprendimiento.

La Suprema Corte consideró relevante ese material y señaló que, de manera preliminar, las imágenes permitían advertir actividad y presencia de maquinaria pesada en una zona protegida, además de trabajos compatibles con la preparación del terreno para el desarrollo inmobiliario.

La advertencia de la Suprema Corte

Al resolver la medida cautelar, la Suprema Corte consideró que permitir la continuidad de las obras podía generar transformaciones ambientales de “dificultosa y hasta imposible reparación”.

Por ese motivo, ordenó detener cualquier actividad orientada a avanzar con el Distrito Eco Urbano Berazategui Norte.

Mientras permanezca vigente la cautelar, quedaron prohibidos los movimientos y la extracción de tierra, los rellenos, la apertura de calles y cualquier otro trabajo destinado a concretar el emprendimiento inmobiliario.

La empresa solo podrá realizar tareas mínimas de mantenimiento y conservación del predio, como la colocación de cercos sin cimentaciones permanentes y el retiro de residuos.

La decisión judicial no implica, por ahora, el rechazo definitivo del proyecto. La Suprema Corte todavía deberá pronunciarse sobre la demanda de fondo y definir si la ordenanza que habilitó el cambio de zonificación se ajusta o no a la Constitución.

Sin embargo, la cautelar representa un freno concreto al avance inmobiliario sobre uno de los sectores más sensibles de la costa de Berazategui: hasta que se resuelva el conflicto judicial, las obras deberán permanecer paralizadas.